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Carbon Border Adjustment Mechanism: El impuesto verde como garantía de los objetivos climáticos

Carbon Border Adjustment Mechanism: El impuesto verde como garantía de los objetivos climáticos

Entrevista a Jordi Joan Cañas. Experto del programa de la UE denominado “Low Carbon Business Action in México”.

Usted como experto en temas de huella de carbono, ¿nos podría ilustrar sobre las fechas clave en términos de normativa europea sobre los cálculos de huella de carbono en las importaciones y en qué sectores serán prioritarias?

El 14 de julio de 2021, la Comisión adoptó una propuesta para un nuevo mecanismo de ajuste de las fronteras de carbono: Carbon Border Adjustment Mechanism (CBMA) que pondrá un precio del carbono en las importaciones de una selección específica de productos para que la ambiciosa acción climática en Europa no conduzca a una “fuga de carbono”. Esto garantizará que las reducciones de emisiones europeas contribuyan a una disminución de las emisiones globales, en lugar de impulsar la producción intensiva en carbono fuera de Europa. También pretende animar a la industria de fuera de la UE y a los socios internacionales a dar pasos en la misma dirección.

El CBAM igualará el precio del carbono entre los productos nacionales y las importaciones y garantizará que los objetivos climáticos de la UE no se vean socavados por la deslocalización de la producción a países con políticas menos ambiciosas. También pretende animar a la industria de fuera de la UE y a nuestros socios internacionales a dar pasos en la misma dirección.

Diseñado de conformidad con las normas de la Organización Mundial del Comercio (WTO) y otras obligaciones internacionales de la UE, el sistema CBAM funcionará de la siguiente manera: los importadores de la UE comprarán certificados de carbono correspondientes al precio del carbono que se habría pagado, si los productos se hubieran producido con arreglo a las normas de fijación del precio del carbono de la UE. Por el contrario, una vez que un productor no comunitario puede demostrar que ya ha pagado un precio por el carbono utilizado en la producción de los bienes importados en un tercer país, el coste correspondiente puede deducirse totalmente para el importador de la UE. El CBAM también ayudará a reducir el riesgo de fuga de carbono al alentar a los productores de países no pertenecientes a la UE a hacer más ecológicos sus procesos de producción.

Para proporcionar seguridad jurídica y estabilidad a las empresas y a otros países, el mecanismo de ajuste de las fronteras de carbono se introducirá gradualmente y se aplicará inicialmente sólo a un número seleccionado de productos con alto riesgo de fuga de carbono: hierro y acero, cemento, fertilizantes, aluminio y generación de electricidad.

A partir de 2023 se aplicará a los productos seleccionados un sistema CBAM simplificado, en el que los importadores tendrán que notificar las emisiones incorporadas en sus productos sin pagar un ajuste financiero, con el objetivo de facilitar un despliegue sin problemas y facilitar el diálogo con terceros países.

Una vez que el sistema definitivo sea plenamente operativo en 2026, los importadores de la UE tendrán que declarar anualmente la cantidad de mercancías y la cantidad de emisiones incorporadas en el total de mercancías que importaron a la UE en el año anterior, y entregar la cantidad correspondiente de certificados CBAM.

¿Cuál es su opinión sobre los impuestos ambientales? ¿Si se generalizaran cuál debería ser la base imponible?

Son una herramienta fiscal necesaria para acoplar las políticas de protección ambiental y de la salud pública con las actividades productivas de un país. Hace años que se aplican en Europa y se han integrado correctamente en la producción de bienes disminuyendo su impacto ambiental.

En un escenario sin regulaciones, una empresa podría fabricar un producto de manera contaminante sin considerar su impacto sobre la salud del planeta o del medio ambiente. Esto es lo que en economía se conoce como externalidad. La finalidad de los impuestos verdes es obligar a pagar una tasa a los contaminadores bajo el principio de “quién contamina paga” de tal forma que el precio refleje también el coste de estas externalidades.

Desde la contaminación del plástico hasta la calidad del aire y el cambio climático, los impuestos ecológicos pueden desalentar los comportamientos dañinos para el medio ambiente y las personas. Al mismo tiempo, pueden permitir a los gobiernos reducir los impuestos en otras áreas, en particular los impuestos sobre la renta, que pesan sobre los hombros de todos los ciudadanos.

Cada país cuenta con su propio diseño en materia de fiscalidad verde. Pese a ello, a nivel internacional los principales hechos imponibles con interés ambiental son:

  • Las emisiones de monóxido de nitrógeno (NO) y dióxido de nitrógeno (NO2) que producen, sobre todo, los vehículos de combustión.
  • Las emisiones de dióxido de azufre (SO2) —principal causante de la lluvia ácida—producidas, especialmente, por la combustión de productos petrolíferos y la quema de carbón.
  • La gestión de residuos (domésticos, comerciales, industriales, de construcción, etc.).
  • El ruido producido por el despegue y aterrizaje de los aviones.
  • Los productos energéticos (gasolina, diésel, gas natural, carbón, producción de electricidad con combustibles, etc.) cuya combustión genera emisiones de CO2.
  • Fuentes de polución del agua (pesticidas, fertilizantes artificiales, ácidos, etc.).
  • Las emisiones de dióxido de carbono (CO2).
  • Los productos que reducen la capa de ozono.
  • El transporte (matriculación, uso, importación o venta de vehículos contaminantes).

De acuerdo al marco estadístico desarrollado conjuntamente en 1997 por Eurostat, la Comisión Europea, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y la Agencia Internacional de la Energía (IEA), los impuestos ambientales son “aquellos cuya base imponible consiste en una unidad física (o similar) de algún material que tiene un impacto negativo, comprobado y específico sobre el medioambiente”.

La huella de carbono se está calculando priorizando las emisiones y esto se refleja en los índices internacionales sin considerar la fijación, ¿por qué? y ¿cómo cambiaría el tablero del juego si se tomaran también la fijación?

La huella de carbono de una organización empresarial refleja el conjunto de emisiones de gases de efecto invernadero que se generan en su proceso productivo. En algunos casos, como empresas que utilizan materia primas vegetales (agave, cereales, madera, etc. ) que generan en su propia organización, el efecto sumidero de dióxido de carbono que realizan los cultivos vegetales, pueden utilizarse para neutralizar las emisiones. Esta situación no es muy frecuente y se da sólo en grandes empresas que poseen áreas de cultivo para producir sus propias materias primas.

 


Jordi Joan Cañas.

Biólogo. Consultor internacional en bioenergía, economía circular y cambio climático. Experto del programa de la UE denominado “Low Carbon Business Action in México”. Miembro de la Conferencia de la Partes (COP 10 y COP 11) de la Convención de Cambio Climático de NNUU. Creador de la Oficina de Cambio Climático del Gobierno de Cataluña.

 

 

 

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